domingo, 8 de febrero de 2009

el derecho a la vida


El debate en torno a la eutanasia está en estos días de rabiosa actualidad debido al caso que se ha presentado en Italia de una joven que lleva en coma 16 años, Eluana Englaro. Hace dos años ocurría algo parecido con Piergiorgio Welby, quien, aquejado de distrofia muscular, pidió permiso para morir al presidente de la República Italiana. Como suele suceder, casos particulares como éstos sirven para que cada cual dé su opinión y se reproduzca una discusión que gira en torno a una pregunta: ¿es ético proporcionar la muerte a quien quiere morir?

Bien, en principio hay que dejar claro que la eutanasia es un concepto derivado del suicidio. La única diferencia entre ambos es que el suicida acaba con su vida de manera autónoma, mientras que el enfermo que solicita la eutanasia lo hace por su incapacidad física para llevar a cabo tal acto. En ambos casos, por tanto, el debate que está sobre el tapete es el derecho de las personas a poder terminar su vida voluntariamente.

Derecho, bonita palabra. ¿Qué es el derecho? ¿Qué significa tener derecho a hacer algo? ¿Que estamos obligados a hacerlo? Creo que no. El derecho a la propiedad existe, pero alguien que decida voluntariamente vivir sin propiedades de ningún tipo no atenta contra ese derecho; es más, lo está ejerciendo. En mi opinión, derecho significa libertad, lo contrario a obligación. Si fuera obligatorio poseer una casa, no existiría el derecho a la vivienda. Los hombres tienen que tener garantías de que pueden ejercer sus derechos, pero siempre con libertad de elección (de lo contrario, no se puede hablar de derechos).

Así, si aplicamos este razonamiento al derecho más fundamental que tenemos los seres humanos, el derecho a la vida, cabría preguntarse: ¿tenemos realmente reconocido este derecho? ¿Puedo yo disponer individualmente de mi propia vida? Y retomando el tema del suicidio y la eutanasia: ¿se puede hablar de derecho a la vida cuando, como ocurre hoy en la mayoria de países, no tenemos la posibilidad de disponer libremente de ella? Mi opinión, por tanto, es que en aquellos países donde la eutanasia es ilegal, no existe un auténtico derecho a la vida, sino una obligación a la vida.

lunes, 19 de enero de 2009

comentario ley de Ferrocarriles

Hola a todos de nuevo, tras un mes que seguro se os ha hecho largo sin entradas en el blog...
A continuación reproduzco un pequeño resumen con las ideas que podrían haberse comentado para el texto que os di en Navidades (el de la Ley de Ferrocarriles). Allá va:

CONTEXTUALIZACIÓN: hay que explicar los procesos históricos que expliquen, en este caso, esta ley económica de 1855. Por tanto, viene a cuento explicar:
-El atraso industrial español de la primera mitad del siglo XIX, pues España seguía siendo un país totalmente agrario en esa época cuando otros estados ya se habían subido al carro de la industrialización. Aquí se puede profundizar comentando la escasa burguesía y lo poco emprendedora que era ya que se dedicaba mayoritariamente a la inversión en tierras y no a la actividad industrial; también se puede comentar la escasa demanda de productos industriales en la España de la época, debido a una poco eficaz reforma agraria que no corrigió las enormes desigualdades ni la miseria de grandes masas de población. Así, para que naciera la actividad industrial a mediados del XIX, tuvo que pasar por manos del Estado y del capital extranjero (y esto se refleja perfectamente en el caso del ferrocarril).
-Una breve contextualización del bienio progresista (1854-56), período en el que además de esta ley se proyecta una serie de reformas como la nueva Constitución (que no se llegaría a promulgar) y la última deamortización (de Madoz).

COMENTARIO: ¿qué sabemos de la ley de Ferrocarriles? Mucho. ¿Qué dice el texto de la ley de Ferrocarriles? Mucho. Pues ya sabeis, explicadlo aludiendo al texto en lo que podais:
-El artículo 2 pone de manifiesto el sistema radial que se había planificado para la construcción ferroviaria, es decir, una estructura viaria con centro en Madrid, lo cual no era realmente lo que demandaba un país como España, cuyos núcleos más desarrollados y con incipiente industria se encontraban en la periferia.
-Los artículos 4, 5 y 6 señalan que la iniciativa y planificación total de las obras ferroviarias nacen del Estado, lo cual podemos ponerlo en relación (como decíamos en la contextualización) con la poca envergadura de la iniciativa privada en España.
-Los artículos 19 y 20 nos hablan sobre el otro gran pilar en el que se basó la construcción ferroviaria: el capital extranjero (esto también es consecuencia de esa incapacidad o desinterés de la burguesía autóctona). En ellos se dice que el Estado protegerá esos capitales del extranjero y que incluso eliminará los aranceles para los productos y materiales destinados al ferrocarril. Queda claro que la prioridad del Estado era acelerar la construcción de este transporte que fue la gran revolución del siglo XIX.
-De todas estas ideas presentes en el texto (como también del diferente ancho de vía de los ferrocarriles españoles respecto a los del resto de Europa) se ha dicho por parte de muchos historiadores que constituían un error porque no contribuían a dinamizar la industria española -sobre todo, por el hecho de que se favoreciera el capital extranjero-, y se ha llegado a hablar de una "oportunidad perdida", pues una empresa tan prometedora y beneficiosa como la construcción del ferrocarril tampoco logró que España se industrializara definitivamente, mientras que en otros países el ferrocarril fue precisamente el revulsivo que llevó a una exitosa industrialización.
Pero esta opinión no es del todo justa, pues habría que preguntarse qué otra alternativa para construir vía férrea existía de no ser el recurso a capital privado extranjero. Si se recurrió a ello fue porque no existia un "capital no extranjero", es decir, una inicitaiva privada en España interesada en esta empresa.

CONCLUSIÓN: dejando a un lado este debate sobre la "oportunidad perdida o no" que supuso la ley de 1855, hay que hacer constar que objetivamente el ferrocarril constituyó un gran avance en la España del siglo XIX y que contribuyó a mejorar sensiblemente los intercambios y las comunicaciones dentro del país, factores que favorecían el despegue industrial (aunque no se lograra levar a término en la época), y a articular mejor el mercado interior español. Y estos avances se los debemos fundamentalmente a la ley de 1855, pues fue básicamente desde entonces (con las excepciones de unas pocas líneas como la de Barcelona-Mataró de 1848) cuando se construyó la base ferroviaria española que aún perdura hoy: en los 10 años siguientes a la pubicación de la ley se construyeron 4500 km de vías férreas.

viernes, 19 de diciembre de 2008

Los peligros de la Historia

Sí, habeis leído bien el título: la Historia es algo peligroso. Igual que un cuchillo: depende de las manos en que se encuentre y del uso que se le dé, puede resultar dañina o no. Espero que considereis que en nuestras clases la Historia es empleada con buena intención, porque en ellas no se trata de ocultar o mutilar la verdad histórica ni de adoctrinar, sino de formar en vuestras cabecitas unos esquemas mentales con los que conozcais los procesos históricos claves.
Pero no seais ilusos: hay muchos pseudo-historiadores por ahí que a diario utilizan la Historia para sus propios intereses, para justificar su posición ideológica o política.
El peligro de la Historia radica en la trampa de la subjetividad, en que casi todo el conocimiento histórico está abierto a la opinión. Como sabeis, el objeto de esta disciplina no es únicamente conocer los hechos, sino también darles una interpretación. De ahí que algunos afirmen que la Historia es una materia subjetiva, sentencia totalmente falsa ya que ello significaría la total inutilidad de esta materia -y yo me puedo deprimir a veces, pero nunca me sentiré un inútil por enseñar Historia-. Si creemos en su utilidad, es porque existe un conocimiento histórico aceptado por los especialistas, que se puede distinguir claramente de otras opiniones alejadas de la ciencia histórica.
Escribo todo esto porque en los últimos años ha aparecido una serie de "opinantes de la historia", encabezados por Pío Moa, que se autodenominan historiadores, algunos de los cuales han sido bautizados como miembros del movimiento "revisionista" histórico, que viene a ser el desmantelamiento de las interpretaciones aceptadas por la gran mayoría de historiadores serios, cuyo objeto de estudio fundamental es la historia del siglo XX español, y su fin, la justificación de la dictadura franquista y la condena de la izquierda ideológica y políticamente.
Si alguno de vosotros se pregunta: ¿por qué es más seria, más científica, la acepción "oficial"? ¿Cuál es el elemento que diferencia la objetividad de la subjetividad, el conocimiento de la opinión? Bien, es fundamental el acceso y uso de las fuentes históricas adecuadas, pero el elemento clave es algo tan sencillo como la intencionalidad del historiador. La objetividad histórica suele estar con quienes utilizan el pasado para comprender el presente, y no con quienes lo utilizan para justificar su postura ideológica-política. La Historia no es, no debe ser, un medio para justificar una ideología determinada (esa era la utilidad que se le dio bajo muchos regímenes dictatoriales).
Lógicamente, es imposible alcanzar una objetividad total en esta disciplina, pues ésta es obra de seres humanos y, como hemos mencionado antes, es algo abierto a opiniones y discrepancias (mucho más que las matemáticas, por ejemplo). Pero eso es una cosa, y otra muy distinta la utilización consciente de los sucesos pasados al servicio de la posición ideológica del "historiador". La intención es la clave. La Historia es una disciplina que se encuentra por encima de afinidades políticas, no deis crédito nunca a quien la degrade colocándola por debajo de ellas, "a su servicio".

lunes, 8 de diciembre de 2008

COMENTARIO EXAMEN OPCIÓN B


Bien, aquí va el resumen de la opción B del examen que puse a 2º B. Es sólo un compendio de las ideas principales que yo habría puesto en el comentario, pero una vez más repito que es algo abierto y que ni siquiera yo, prodigio de la evolución humana, estoy en posesión de la verdad absoluta.

OPCIÓN B (texto de Mendizábal dirigido a la regente María Cristina en 1836).

CONTEXTUALIZACIÓN: se trata de un documento dirigido por el entonces cabeza del gobierno, el progresista Mendizábal, a la regente (Reina Gobernadora) María Cristina, que trata sobre el proyecto de desamortización que se llevaría a cabo de inmediato. Así, algunas ideas que pueden estar presentes en la contextualización del texto serían las siguientes:
-Una explicación de la regencia de María Cristina (1833-1840) a través de sus etapas (transición del absolutismo dejado por Fernando VII al liberalismo; gobierno progresista en dos fases; gobierno moderado). Se ubica el texto en la fase de gobierno progresista (1835-36).
-Realizar una breve explicación del conflicto carlista, el mayor conflicto interno de la regencia, que tuvo una influencia decisiva en el proyecto desamortizador.
-Se puede explicar también los viejos proyectos de los ilustrados españoles que buscaban acabar con las propiedades de las manos muertas (mayorazgos, amortizaciones, señoríos), ya que las medidas desamortizadoras coincidían con ellos.
COMENTARIO: se trata de explicar con todo detalle lo que sabemos de la desamortización de Mendizábal:
-Que fue un proyecto de este ministro progresista que tuvo el doble objetivo de acabar con instituciones propias del Antiguo Régimen como las propiedades de manos muertas y también de ingresar dinero en las arcas del Estado para afrontar los gastos de la guerra carlista. En el texto, Mendizábal se esfuerza en argumentar que la ley desamortizadora no sólo sería una fuente de ingresos públicos, sino que contribuiría a la felicidad pública, al hacer más grande la "familia de propietarios", es decir, a hacer que más gente pudiera acceder a la propiedad de la tierra.
-Que consistió (como dice el texto) en vender esas propiedades en pública subasta una vez expropiadas a las instituciones religiosas por el Estado.
-Que provocó una gran polémica en la España de la época, de gran tradición religiosa, pues significaba "robar a la Iglesia", lo que fue la principal causa de que grupos moderados presionaran fuertemente para que la regente destituyera a Mendizábal del gobierno, como así ocurrió.
CONCLUSIÓN: se puede explicar que la desamortización de Mendizábal supuso el final de las propiedades de manos muertas en España y el verdadero comienzo de la propiedad libre y de la explotación capitalista de la tierra. Pero que, sin embargo, no alcanzó ese objetivo que menciona el texto ("crear una copiosa familia de propietarios"), pues tras las subastas públicas de las tierras desamortizadas éstas siguieron en muy pocas manos.
-También se podría mencionar que ésta no sería la última desamortización, pues durante el bienio progresista se llevó a cabo otra por obra del ministro Pascual Madoz (1855) que desamortizó los bienes de Ayuntamientos.
-Se podría concluir explicando de una manera global que la desamortización fue una de las medidas básicas para el paso del Antiguo Régimen al nuevo sistema liberal-burgués, transición que estaba teniendo lugar durante la regencia de María Cristina, y que se consolidaría definitivamente bajo el reinado de Isabel II.

domingo, 7 de diciembre de 2008

COMENTARIO EXAMEN OPCIÓN A

Bueno, señoras y señores, lamentablemente se nos acaba la primera evaluación. La parte positiva es que hemos dejado atrás los primeros exámenes. He echado una ojeada a los exámenes de 2º A y hay de todo, el martes os daré las notas del examen y de la evaluación (que corresponderán aproximadamente con las del examen).

De momento, igual que hice en el caso de 2º B, voy a resumiros los contenidos que yo habría puesto a la hora de hacer los comentarios de los textos que salieron en el examen. Primero publicaré el correspondiente a la OPCIÓN A. Allá va:

OPCIÓN A (tratado de Fontainebleau-tratado de Valençay)

CONTEXTUALIZACIÓN: se trata de dos textos que hacen referencia al antecedente directo de la guerra de la Independencia (el acuerdo entre España y Francia para la invasión de Portugal siguiendo los planes de Napoleón) y al final de dicha contienda (la salida de las tropas francesas y el reconocimiento de Fernando VII por parte de Napoleón). Así, algunos conceptos que conviene explicar para ubicar correctamente los textos serían:
-Los antecedentes del tratado de Fontainebleau, es decir, qué explica que España y Francia lleguen a ese acuerdo: la alianza de España subordinada a Francia desde el tratado de San Ildefonso, la España de Carlos IV y Godoy.
-El desarrollo de la guerra de la Independencia, desde el motín de Aranjuez (marzo 1808), los grupos políticos presentes en la España de la época (afrancesados, patrióticos liberales y absolutistas), la evolución bélica (alzamiento del 2 de mayo, batalla de Bailén, guerrillas y sitios...), el apoyo de Gran Bretaña y los compromisos de Napoleón en Rusia que decantaron la guerra del lado español. Todo esto sirve para explicar la derrota francesa y la claudicación de Napoleón en el tratado de Valençay.
COMENTARIO: teneis que explicar lo que sabeis del tratado de Fontainebleau, es decir, que fue un acuerdo entre Godoy y la Francia de Napoléon para que Francia invadiera Portugal en connivencia con España, a cambio de una parte de los territorios portugueses una vez hubieran sido conquistados. En este tratado incluso se contemplaba la posibilidad de que las tropas españolas ayudaran militarmente a las francesas como dice el texto, que muestra la alianza total entre ambos países. Así, el hecho de que se produjera una guerra desde 1808 contra Francia sólo se explica si tenemos en cuenta que fue una guerra llevada a cabo no por España sino por el pueblo español levantado en armas.
También debeis explicar el tratado de Valençay, que puede ser considerado el documento que puso fin a la guerra ya que significaba el abandono explícito por parte de Napoleón del proyecto de ocupar España y el reconocimiento de Fernando VII como rey legítimo en lugar de su hermano José Bonaparte.
CONCLUSIÓN: aquí se puede explicar lo que pasó a continuación de que, tal y como aceptaba el tratado de Valençay, Fernando VII regresara a España en medio de la euforia general: el rey se encontró con un país muy cambiado políticamente que había llevado a cabo una experiencia liberal y optó por restaurar la política absolutista, lo que llevó a una pugna constante entre absolutistas y liberales durante todo el reinado de Fernando VII (1814-1833). Las batallas, a partir de entonces, ya no serían contra invasores extranjeros, sino entre españoles.

sábado, 29 de noviembre de 2008

ferrocarril

Ahí va un vídeo sobre los inicios del ferrocarril en España.

comentarios del examen de 2ºB

Bueno, chicos, ya sabeis que lo bueno se hace esperar... y las entradas del blog también.
Como lo prometido es deuda, voy a daros mi opinión sobre cómo debían enfocarse las dos opciones del examen de 2º B que hicimos el día 20. Esta vez no me explayaré con comentarios interminables e indigestos como otras veces, simplemente detallo una serie de ideas que creo pertinentes en los comentarios. Allá van:

OPCIÓN A (Santa Alianza-Fernando VII).

CONTEXTUALIZACIÓN: ya que se trata de dos textos referentes al Trienio Liberal (1820-23), y al mismo tiempo tratan de la restauración absolutista llevada a cabo por Fernando VII ayudado por la Santa Alianza, conviene explicar:
-Las reformas liberales de la Guerra de la Independencia (Cortes, Constitución de Cádiz) como los inicios del liberalismo español.
-El absolutismo defendido por muchos españoles (¿os acordais del Manifiesto de los persas...?) y entre ellos el rey Fernando VII.
-Que por esas razones el rey restauró ese régimen absoluto en 1814 y lo mantuvo hasta que en 1820 el pronunciamiento de Riego obligó al monarca a respetar la "senda constitucional". Podeis explicar con detenimiento el período 1814-20.
COMENTARIO: los textos se refieren directamente al período 1820-23, y concretamente a la conspiración para acabar con el liberalismo del Trienio (el tratado secreto de la Santa Alianza en 1822) y al recién restaurado absolutismo por obra de esa Santa Alianza y Fernando VII (decreto del rey en 1823). Las ideas que podríais explicar son:
-La Santa Alianza como organismo europeo encargado de velar por la restauración absolutista (se creó tras la caída de Napoleón en 1815), que encuentra una oportunidad de actuar en la España del Trienio Liberal.
-La ideología absolutista del rey, que reconoce abiertamente que su reinado constitucional fue un "secuestro" de su voluntad real por parte de los liberales.
-Una pequeña explicación del Trienio Liberal (1820-23), con la tensión entre absolutistas y liberales y con la primera escisión del liberalismo entre moderados y exaltados, el fin de las colonias en América, la crisis...
CONCLUSIÓN: se podría mencionar que el triunfo de la intervención de la Santa Alianza dio inicio a la denominada década ominosa (1823-33), pero que estos diez años serían los últimos coletazos del absolutismo en España, pues el liberalismo poco a poco se hizo mayoritario y durante la época de las regencias (1833-43) se construiría el estado liberal español propio del reinado de Isabel II y la lucha política sería protagonizada ya no por absolutistas y liberales, sino por dos ramas enfrentadas dentro del liberalismo: moderados y progresistas.

OPCIÓN B (bienio progresista):

CONTEXTUALIZACIÓN: este texto correspondía a una fuente secundaria (un manual de Historia de España de 1978) y se centraba exclusivamente en una explicación del gobierno progresista en el período 1854-56. Así pues, ¿qué podemos mencionar en la contextualización del texto? Por ejemplo:
-La distinta ideología de progresistas y moderados (soberanía, tipo de sufragio, poder del rey, papel de la religión...) y el hecho de que la reina estuvo claramente del lado moderado. Esto explica que los progresistas tuvieran que recurrir a pronunciamientos para llegar al gobierno, como en 1854 (Vicalvarada).
-Es conveniente explicar la década moderada (1844-54) con detenimiento, ya que muchas medidas tomadas en el bienio progresista son respuestas a otras moderadas de la época anterior (como la ley de Ayuntamientos, el caso de la Milicia Nacional...), que es el antecedente directo.
COMENTARIO: el texto es muy diáfano, se puede dividir en dos partes: la primera, los "desacuerdos" entre Espartero y O'Donnell; la segunda, la enumeración de las tres principales medidas adoptadas en el bienio: Constitución progresista, desamortización de Madoz, ley de Ferrocarriles. Por tanto, algunas ideas que se pueden explicar son:
-Que la Vicalvarada fue un pronunciamiento conjunto de progresistas y unionistas de O'Donnell (se debería explicar la ideología de este grupo político) contra los moderados, pero que una vez en el poder tuvieron dificultades para gobernar debido a sus distintas concepciones políticas.
-Se puede aludir (aunque es secundario) a la militarización de la política durante el reinado de Isabel II, materializada en algunos "espadones" al frente de los partidos políticos, entre los cuales se puede citar a Espartero y a O'Donnell (y también a Narváez aunque el texto no lo menciona).
-Lo más claro es la explicación de esas importantes medidas legislativas que el texto sólo enumera: qué características presentó la Constitución nonnata de 1856, cómo y con qué objetivos se llevó a cabo la desamortización de 1855, y explicar también qué fue la ley de Ferrocarriles, cómo y porqué se llevó a cabo y qué efectividad tuvo.
CONCLUSIÓN: se podría explicar el incipiente movimiento obrero en la España de mediados del siglo XIX y el desencanto de las masas hacia el gobierno progresista, lo que unido al "divorcio" entre Espartero y O'Donnell provocaría el fracaso del bienio progresista y el regreso al gobierno de los moderados, en coalición con los unionistas y en solitario. Pero la experiencia de 1854 serviría a las izquierdas como ejemplo para un pronunciamiento mayor que tendría lugar en 1868 y daría inicio por primera vez a una democracia en España.