sábado, 29 de noviembre de 2008

ferrocarril

Ahí va un vídeo sobre los inicios del ferrocarril en España.

comentarios del examen de 2ºB

Bueno, chicos, ya sabeis que lo bueno se hace esperar... y las entradas del blog también.
Como lo prometido es deuda, voy a daros mi opinión sobre cómo debían enfocarse las dos opciones del examen de 2º B que hicimos el día 20. Esta vez no me explayaré con comentarios interminables e indigestos como otras veces, simplemente detallo una serie de ideas que creo pertinentes en los comentarios. Allá van:

OPCIÓN A (Santa Alianza-Fernando VII).

CONTEXTUALIZACIÓN: ya que se trata de dos textos referentes al Trienio Liberal (1820-23), y al mismo tiempo tratan de la restauración absolutista llevada a cabo por Fernando VII ayudado por la Santa Alianza, conviene explicar:
-Las reformas liberales de la Guerra de la Independencia (Cortes, Constitución de Cádiz) como los inicios del liberalismo español.
-El absolutismo defendido por muchos españoles (¿os acordais del Manifiesto de los persas...?) y entre ellos el rey Fernando VII.
-Que por esas razones el rey restauró ese régimen absoluto en 1814 y lo mantuvo hasta que en 1820 el pronunciamiento de Riego obligó al monarca a respetar la "senda constitucional". Podeis explicar con detenimiento el período 1814-20.
COMENTARIO: los textos se refieren directamente al período 1820-23, y concretamente a la conspiración para acabar con el liberalismo del Trienio (el tratado secreto de la Santa Alianza en 1822) y al recién restaurado absolutismo por obra de esa Santa Alianza y Fernando VII (decreto del rey en 1823). Las ideas que podríais explicar son:
-La Santa Alianza como organismo europeo encargado de velar por la restauración absolutista (se creó tras la caída de Napoleón en 1815), que encuentra una oportunidad de actuar en la España del Trienio Liberal.
-La ideología absolutista del rey, que reconoce abiertamente que su reinado constitucional fue un "secuestro" de su voluntad real por parte de los liberales.
-Una pequeña explicación del Trienio Liberal (1820-23), con la tensión entre absolutistas y liberales y con la primera escisión del liberalismo entre moderados y exaltados, el fin de las colonias en América, la crisis...
CONCLUSIÓN: se podría mencionar que el triunfo de la intervención de la Santa Alianza dio inicio a la denominada década ominosa (1823-33), pero que estos diez años serían los últimos coletazos del absolutismo en España, pues el liberalismo poco a poco se hizo mayoritario y durante la época de las regencias (1833-43) se construiría el estado liberal español propio del reinado de Isabel II y la lucha política sería protagonizada ya no por absolutistas y liberales, sino por dos ramas enfrentadas dentro del liberalismo: moderados y progresistas.

OPCIÓN B (bienio progresista):

CONTEXTUALIZACIÓN: este texto correspondía a una fuente secundaria (un manual de Historia de España de 1978) y se centraba exclusivamente en una explicación del gobierno progresista en el período 1854-56. Así pues, ¿qué podemos mencionar en la contextualización del texto? Por ejemplo:
-La distinta ideología de progresistas y moderados (soberanía, tipo de sufragio, poder del rey, papel de la religión...) y el hecho de que la reina estuvo claramente del lado moderado. Esto explica que los progresistas tuvieran que recurrir a pronunciamientos para llegar al gobierno, como en 1854 (Vicalvarada).
-Es conveniente explicar la década moderada (1844-54) con detenimiento, ya que muchas medidas tomadas en el bienio progresista son respuestas a otras moderadas de la época anterior (como la ley de Ayuntamientos, el caso de la Milicia Nacional...), que es el antecedente directo.
COMENTARIO: el texto es muy diáfano, se puede dividir en dos partes: la primera, los "desacuerdos" entre Espartero y O'Donnell; la segunda, la enumeración de las tres principales medidas adoptadas en el bienio: Constitución progresista, desamortización de Madoz, ley de Ferrocarriles. Por tanto, algunas ideas que se pueden explicar son:
-Que la Vicalvarada fue un pronunciamiento conjunto de progresistas y unionistas de O'Donnell (se debería explicar la ideología de este grupo político) contra los moderados, pero que una vez en el poder tuvieron dificultades para gobernar debido a sus distintas concepciones políticas.
-Se puede aludir (aunque es secundario) a la militarización de la política durante el reinado de Isabel II, materializada en algunos "espadones" al frente de los partidos políticos, entre los cuales se puede citar a Espartero y a O'Donnell (y también a Narváez aunque el texto no lo menciona).
-Lo más claro es la explicación de esas importantes medidas legislativas que el texto sólo enumera: qué características presentó la Constitución nonnata de 1856, cómo y con qué objetivos se llevó a cabo la desamortización de 1855, y explicar también qué fue la ley de Ferrocarriles, cómo y porqué se llevó a cabo y qué efectividad tuvo.
CONCLUSIÓN: se podría explicar el incipiente movimiento obrero en la España de mediados del siglo XIX y el desencanto de las masas hacia el gobierno progresista, lo que unido al "divorcio" entre Espartero y O'Donnell provocaría el fracaso del bienio progresista y el regreso al gobierno de los moderados, en coalición con los unionistas y en solitario. Pero la experiencia de 1854 serviría a las izquierdas como ejemplo para un pronunciamiento mayor que tendría lugar en 1868 y daría inicio por primera vez a una democracia en España.

miércoles, 19 de noviembre de 2008

Como veis, acabo de publicar un comentario "de mi cosecha" sobre los textos que repartí el otro día. En el comentario hay algunos conceptos que no he mencionado y podrían aparecer, como el hecho de que progresistas y moderados no sean exactamente "partidos políticos" como los entendemos hoy en día, sino grupúsculos con una ideología común que llegaron a tener bastante influencia en la vidas política, liderados por militares. También la alusión a la Milicia Nacional en el texto de Marichal (línea 7) puede llevar a explicar qué era esa institución, cómo surgió y que era otra de las fuentes de enfrentamiento entre progresistas y moderados (que incluso crearían la Guardia Civil para sustituirla).
También, al comentar la Constitución, habría sido apropiado explicar otras de las novedades de la misma o de las que la diferenciarían de otros textos constitucionales, como la restricción de derechos o el sufragio tan restringido que apenas alcanzaba al 1% de la población.
Ya veis que el comentario está abierto y que no es una cuestión matemática. A los que mañana teneis examen, valor y al toro, pero sobre todo no os desanimeis porque estudiando podeis hacer un buen examen perfectamente.

COMENTARIO TEXTOS DE MARICHAL Y CONSTITUCIÓN 45

Estamos ante dos textos de distinto tipo pero relacionados entre sí. El primero corresponde a una fuente secundaria, es decir, historiográfica, ya que se trata de un fragmento de un manual de Carlos Marichal sobre la situación política del período de las regencias (1833-43). El segundo es un fragmento de la Constitución de 1845, y por tanto se trata de un texto histórico (fuente primaria) de tipo jurídico o legislativo.

Ambos textos se refieren a un período de la historia de España caracterizado por la pugna por el poder entre dos grupos políticos enfrentados: moderados y progresistas.
Si el reinado de Fernando VII (1814-33) estuvo caracterizado por la lucha entre absolutistas y liberales, la muerte de este monarca y la subida al trono de su hija Isabel II enterraría para siempre el absolutismo como práctica política en España. Sin embargo, el liberalismo triunfante no se vio libre de luchas internas, pues este movimiento político-ideológico se escindiría en dos facciones cuyo enfrentamiento directo marcaría todo el reinado de Isabel II (1833-1868): los moderados de Narváez y los progresistas de Espartero. Esta oposición entre ambos grupos comenzó ya en la época de la regencia de María Cristina (1833-40), cuando tras una época de transición (marcada por el Estatuto Real) que dejó atrás el absolutismo de Fernando VII, la Reina Gobernadora otorgó el poder a los progresistas en 1835 y a los moderados en 1837. El absolutismo ya no sería una opción política tras el fin de la I guerra carlista (1839), momento que aprovecharon los progresistas para asaltar el poder y la regencia en la persona de Espartero. Pero en 1843 los moderados, favorecidos por el desgaste de éste en el gobierno, consiguieron finalizar la época de las regencias declarando a Isabel II mayor de edad para reinar personalmente. El reinado de ésta se caracterizó por un apoyo constante al partido moderado frente al progresista, lo cual provocaría que durante la mayor parte del período 1843-1868 estuviesen los primeros en el poder, y que el escaso período progresista (1854-56) se produjera por un pronunciamiento militar-popular.

El texto de Marichal se dedica a explicar algunas de las diferencias políticas entre progresistas y moderados, fraguadas durante la regencia de María Cristina. Por ejemplo, en las últimas líneas del texto se refiere a los distintos grupos sociales que representaban unos y otros: los progresistas tenían a su lado a la pequeña y mediana burguesía y sectores artesanales (línea 11), mientras que los moderados se identificaban más con la alta burguesía más conservadora. No es extraño, pues uno de los puntos que separaba a progresistas y moderados era el tipo de sufragio en las elecciones legislativas: los primeros se mostraban favorables a ampliar el derecho al voto, mientras que los segundos eran partidarios de un sufragio censitario muy restringido, que dejara la decisión y participación política en manos de esa alta burguesía. También explica Marichal las diferencias entre ambos partidos en cuanto al gobierno municipal: entre las líneas 6 y 10 se nos explica cómo ante la importancia y amplias competencias de los ayuntamientos (reclutamiento, recaudación, etc), los moderados buscaban controlar esos gobiernos locales. Esto se explica por el predominio progresista en muchos grandes municipios, y de ahí la lucha por centralizarlos por parte del partido moderado. Así nacería la llamada Ley de Ayuntamientos promulgada por los moderados en 1845, que dejaba el nombramiento de las alcaldías más importantes en la Reina. Conocemos también, aunque no se mencionen en el texto, otras fuentes de discrepancia entre estos dos grandes partidos políticos, como la cuestión de la soberanía compartida entre Cortes y Reina, en la que los moderados preferían un desequilibrio de la balanza a favor de Isabel II mientras que los progresistas eran favorables a una limitación de las competencias regias.

El segundo texto, extraído de la Constitución de 1845, es un símbolo del poderío moderado durante el reinado de Isabel II y de la simpatía que la Reina tuvo hacia la política de Narváez y los suyos. Se trata de un texto constitucional claramente partidista, y de hecho los fragmentos seleccionados muestran un claro decantamiento por la ideología moderada y un espíritu anti-progresista. Por ejemplo, el artículo 11 (líneas 19-20) consagra la doctrina católica como confesión oficial del Estado, uno de los puntos de desacuerdo entre progresistas y moderados. Los otros tres artículos seleccionados (líneas 21-24) muestran la intervención en el poder legislativo de la Reina, que tenía la facultad de nombrar a todos los miembros de la cámara alta (el Senado), y también la de convocar, disolver y suspender las sesiones s su antojo. Estas grandes competencias legislativas de la Corona (que además poseía el poder ejecutivo) van en consonancia con la ideología moderada, que como se ha dicho anteriormente, buscaba una soberanía compartida entre Cortes y Reina pero con un mayor poder de la segunda, es decir, una soberanía compartida desequilibrada a favor de la Reina.

En conclusión, ambos textos nos hablan de una pugna política entre dos facciones políticas liberales, una vez se había dejado atrás ya la lucha contra el absolutismo. Pero estas facciones liberales no lucharon en “igualdad de oportunidades”, pues el importantísimo papel de la Corona (en la figura de Isabel II) en la política de la época favoreció constantemente la entrada de los moderados en el poder (simbolizada en el texto constitucional de 1845). De ahí que hubiera continuas conspiraciones progresistas que cuajarían en violentos pronunciamientos como el de 1854 (la Vicalvarada) o el de 1868, que pondría punto final al reinado de Isabel II y daría comienzo a un período democrático que duraría seis años. La lucha entre progresistas y moderados es interpretada por muchos como uno de los primeros ejemplos políticos de las llamadas "dos Españas", o dicho de otra manera, el enfrentamiento interno constante a este lado de los Pirineos, cuyo principal resultado será el estancamiento del país y la abundancia de sangre, pronunciamientos y constituciones como medios de alternancia política.

sábado, 15 de noviembre de 2008

comentario del Manifiesto de los Persas

Allá va el comentario propuesto: la idea básica del texto es que los autores del mismo (nobleza y clero) intentan respaldar el sistema absolutista tras la implantación del liberalismo en la guerra de Independencia, aprovechando que va a volver al trono Fernando VII. O sea, en el comentario hay que hablar por fuerza de absolutismo y liberalismo y de cómo se justifica la monarquía absoluta en el texto. A partir de ahí, libertad, pero siempre con coherencia.

Nos encontramos ante un fragmento del llamado Manifiesto de los Persas, documento histórico (y por tanto una fuente primaria) de carácter político, entre cuyos autores hay que destacar a la cúpula de los grupos nobiliares y eclesiásticos, es decir, los sectores sociales más tradicionalistas y partidarios de la monarquía absoluta. La fecha de confección del documento está indicada, abril de 1814, y su destinatario sería el rey Fernando VII.

Para ubicar correctamente el texto hay que remontarse a la guerra de Independencia (1808-1814), conflicto bélico librado en España que tuvo una doble vertiente: por un lado, la lucha contra la dominación francesa en nombre de Fernando VII; por otro, una pugna entre dos sistemas políticos, el viejo absolutismo y la nueva ideología liberal, que no se había producido nunca con anterioridad. El curso de la guerra acompañó a la progresiva implantación del liberalismo con la formación de juntas emanadas del pueblo, la formación de las primeras Cortes liberales de la historia de España en Cádiz, y la aprobación de la famosa Constitución de 1812 por parte de esas Cortes. Todo ese proceso de enorme significación política se producía al mismo tiempo que la resistencia española lograba la victoria frente a las tropas francesas y obligaba a Napoleón a abandonar su proyecto imperialista en España. Así, Francia reconocía oficialmente a Fernando VII como rey en el tratado de Valençay (1813), y éste llegaría al año siguiente a España en medio de la euforia popular de quienes durante seis años habían luchado en su nombre. El problema, a partir de entonces, fue la división entre absolutistas y liberales que existía en España tras la experiencia liberal de Cádiz. Unos y otros esperaban contar con el favor del rey; mientras los liberales confiaban en el acatamiento real de las medidas adoptadas por la Nación española durante la guerra, los absolutistas hicieron saber a Fernando VII su apoyo para reinstaurar la monarquía absoluta, una vez había concluido el período de “anarquía” bélica y política de la guerra del francés. Esto es precisamente lo que refleja el fragmento seleccionado del Manifiesto de los Persas, y en esa coyuntura cabe ubicar el texto.

Como se ha dicho, el texto es suscrito por gran parte de la nobleza y el clero españoles, de ideología absolutista, que veían la implantación del liberalismo como un lamentable paréntesis en la historia de España, justificado por la gran inestabilidad bélica y el vacío de poder acaecido entre 1808 y 1814. En los puntos 7 y 134 del texto se dice claramente que la monarquía absoluta no sólo es la mejor forma de gobierno sino la única posible para garantizar la estabilidad y la justicia (“es obra de la razón y de la inteligencia…”, línea 12), y que los sistemas liberales “habían acarreado el trastorno universal en toda Europa” (líneas 8-9). Por tanto, una vez ha concluida esa coyuntura bélica, el rey tenía que restaurar ese sistema político que nunca debió abandonarse: el absolutismo, basado en la soberanía real exclusiva, la concentración de poderes en la persona del rey y la eliminación de la Constitución. Vamos a explicar estos conceptos:

-La cuestión de la soberanía era la diferencia fundamental entre absolutistas y liberales. Este término hace referencia a la titularidad, posesión o mando sobre el Estado. La soberanía real significaba que ese mando lo tenía exclusivamente el rey, siendo los ciudadanos sus vasallos. La soberanía nacional otorgaba el poder sobre el Estado a los propios ciudadanos, pasando a ser el rey y el resto de gobernantes los servidores del pueblo. De esta concepción nacen los sistemas liberales con elecciones (en las que son los ciudadanos quienes delegan ese poder en una serie de gobernantes o legisladores).

-La concentración o separación de los poderes está relacionada con la soberanía también: la soberanía real de los sistemas absolutistas implicaba el acaparamiento por parte del rey de todos los poderes del Estado: legislación, gobierno y justicia, mientras que el liberalismo, en aras de imposibilitar los abusos de poder y de garantizar el cumplimiento de la voluntad popular, asumía la necesaria separación de esos poderes.

-Finalmente, también el concepto de Constitución está íntimamente ligado a la soberanía. Una Constitución es un marco legislativo que se caracteriza por emanar de la soberanía nacional, normalmente de unas Cortes elegidas por los ciudadanos. Por tanto, las Constituciones sólo pueden darse en Estados liberales, y no absolutistas. En el texto se aprecia el especial empeño de los absolutistas en abolir la de 1812, pues ella fue el auténtico “buque insignia” del liberalismo.

En cuanto a las Cortes constituidas en Cádiz como representación del pueblo español, los absolutistas también muestran su rechazo a ellas en este texto (artículo 8, líneas 10-11), y se muestran partidarios de las viejas Cortes estamentales divididas en los tres estamentos o brazos (clero, nobleza y pueblo) como órganos consultivos del rey, asambleas muy diferentes de las Cortes unicamerales (“una sola masa”) formadas en Cádiz, emanadas de la soberanía nacional y que otorgaban el mismo papel representativo de los ciudadanos a todos los diputados, independientemente del estamento al que pertenecieran.

En definitiva, el Manifiesto de los Persas es un símbolo de la pugna entre dos sistemas políticos, el absolutismo y el liberalismo. Pugna que se dio en muchos países europeos a finales del siglo XVIII y principios del XIX y que concluiría con el destierro definitivo del primero. En España la guerra de la Independencia significó los inicios del liberalismo, pero no su consolidación, pues documentos como este Manifiesto ponen de relieve la influencia que los absolutistas tenían todavía políticamente. Así, Fernando VII restauraría la monarquía absoluta en cuanto regresó a España en 1814, y el resto de su reinado sufriría esa pugna política entre ambos sistemas (absolutismo en 1814-20 y 1823-33 y liberalismo en 1820-23). La muerte del “Deseado” en 1833 enterraría definitivamente el absolutismo en la historia de España para siempre, aunque el movimiento carlista mantendría vivas esas ideas, si bien de manera cada vez más marginal.

Manifiesto de los Persas

Bien, señores, aquí va un posible comentario del Manifiesto de los Persas que os entregué. Repito que es un POSIBLE comentario, caben otras ideas y también es posible eliminar algunas de las que yo he puesto, pero espero que sirva como ejemplo, y hay algunos conceptos fundamentales que tienen que aparecer. El texto era el siguiente:

“SEÑOR

1. Era costumbre de los antiguos persas pasar cinco días de anarquía después del fallecimiento de su rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras desgracias les obligase a ser más fieles a su sucesor. Para serlo España a V.M. no necesitaba igual ensayo en los seis años de su cautividad. Del número de los españoles que se complacen en ver restituido a V.M. al trono de sus mayores, son los que firman esta reverente exposición con el carácter de representantes de España (…).

7. (…) se proponían algunos borrar del todo nuestras leyes, impelidos tal vez de un espíritu de imitación de la Revolución francesa, o imbuidos de las máximas abstractas que habían acarreado el trastorno universal en toda Europa (…)

8. Querían otros excluir el nombre y la representación de los tres brazos, reduciéndolos a una sola masa, o lo que es lo mismo, a una sola y general representación popular.

134. La monarquía absoluta es obra de la razón y de la inteligencia: está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado (…)

143. No pudiendo dejar de cerrar este respetuoso Manifiesto, en cuanto protesta de que se estime siempre sin valor esa Constitución de Cádiz, y por no aprobada por V.M., ni por las provincias (…)”

Manifiesto de los Persas, Madrid, 12 de abril de 1814

martes, 11 de noviembre de 2008

Nace aquí un nuevo blog dedicado a la Historia, concretamente a la Historia de la España Contemporánea. El objetivo básico del mismo será convertirse en un instrumento útil para el seguimiento de las clases que imparto de 2º de Bachillerato, de forma que los destinatarios fundamentales del blog deberían ser mis apreciadísimos alumnos del instituto, aunque lógicamente está también abierto a cualquier usuario interesado en la temática.

Periódicamente redactaré entradas que espero sean leídas y enriquecidas con comentarios, así como textos históricos o historiográficos para utilizar como prácticas para los exámenes. También puede -y debe- ser utilizado este blog para lanzar cualquier tipo de duda u observación que os asalte a la hora de estudiar y que no hayais planteado en clase, de forma que puede llegar a convertirse en una especie de "consultorio histórico público". Recordad que no es más sabio quien más respuestas conoce sino quien más preguntas se hace.

Finalmente, hay que dejar claro que pese al objetivo eminentemente pedagógico e histórico de este blog, la temática de las entradas no siempre se referirá al temario concreto de la asignatura en cuestión, sino que algunas noticias o cuestiones de actualidad serán en ocasiones abordadas por el autor, y espero que también por los lectores en forma de comentarios. Que el pasado sea nuestro objeto de estudio no significa que le demos la espalda al presente, sino más bien todo lo contrario.